¿Qué se hace al ocurrir un deceso del titular o beneficiarios de la membresía?
Como requisito indispensable es dar aviso inmediato a nuestro número gratuito 01 800 504 64 55. Uno de nuestros asesores de servicio le proporcionará toda la información y asesoría para llevar a cabo el servicio funerario.
¿Qué documentación debo entregar en caso de solicitar un servicio?
La documentación necesaria para realizar un correcto servicio es la siguiente:
Contar con el original del certificado de defunción, en caso de no tenerlo nuestros asesores le indicarán como tramitarlo.
Acta de nacimiento del finado.
Copia de identificación oficial.
En caso de beneficiarios:
Acta matrimonio si el finado es el cónyuge.
Acta de nacimiento si el parentesco es un hijo.
Acta nacimiento del titular si el parentesco es uno de los padres.
Si no se cuenta con alguno de los documentos anteriores o no se puede comprobar la relación directa del beneficiario con el titular del contrato, será necesario la tramitación de un acta de barandilla.
El servicio funerario solamente se otorgará a los beneficiarios cuyo parentesco está señalado en el contrato individual que se proporcionó.
¿Qué servicios no se incluyen en el programa?
No se incluye fosa ni nichos en panteones privados. En panteones públicos está sujeto a disponibilidad del panteón.
Servicios no incluidos en el programa pero que Anemex puede otorgar con costos preferenciales:
Cambio de sala de velación.
Mejoras en ataúd o urna.
Traslados nacionales e internacionales.
Transporte para acompañantes en caso de inhumación.
Gestoría y trámites ante embajadas, consulados y aduanas.
Servicio religioso.
Servicio personalizado de cafetería en la capilla.
Arreglos florales con entrega directa en capilla.
¿Puedo solicitar más de un servicio a la vez?
Sí, no hacemos restricciones por número de servicios ni por tiempo de solicitud.
¿Hay restricciones de servicio por el tipo de muerte o enfermedades preexistentes?
No, no hay restricciones de ningún tipo en caso de muerte, sea caso legal, accidental, negligencia, etc. ni por enfermedades preexistentes.
¿En qué casos no daremos el servicio?
Cuando no se comunique para que se le asigne una agencia funeraria.
Cuando los familiares del fallecido hayan contratado los servicios de una agencia funeraria no asignada por Anemex.
Los beneficiarios inscritos mayores de 70 años contarán con un período de espera de 90 días por muerte natural.
¿Quién puede solicitar el servicio?
El servicio solo puede ser solicitado por el titular, beneficiarios, familia directa o terceros asignados, previa validación.
¿Puedo solicitar un servicio en caso de pérdida u olvido del número del contrato?
Si, sólo debe de decirnos nombre completo o RFC, no es necesario tener contrato físico.
¿Puedo hacer modificaciones en la membresía? ¿Agregar o quitar beneficiarios?
Sí, siempre y cuando no se duplique parentesco, salvo los hijos que son sin límite de número.
¿Cuánto tiempo más estarán afiliados los beneficiarios en caso de que fallezca el titular?
Los beneficiarios estarán afiliados gratuitamente hasta que acabe el año de vigencia del contrato y un año natural adicional.
¿Durante cuánto tiempo tendré que pagar?
Somos un nuevo concepto de programa de prevención, creado para estar protegido en un momento difícil. Por lo tanto, usted decidirá cuanto tiempo quiere estar afiliado.
¿Puedo cancelar mi contrato en cualquier momento?
Sí, sin ninguna penalización o costo adicional.
En caso de que cancele, ¿puedo reactivar mi membresía en un futuro?
Sí, siempre que continúe en la empresa donde se activó por primera vez y una vez pasado un año natural desde su cancelación voluntaria.
Si han transcurrido más de 2 años de la cancelación voluntaria, no hay manera de volver a reactivar su membresía.
¿Hay reembolsos por cancelación del contrato o por el servicio?
No, en ningún caso se hacen reembolsos, la membresía es un programa de protección asistencia funeraria no un seguro de vida.
En caso de jubilación o retiro de la empresa donde laboro. ¿Puedo continuar con mi beneficio?
Sí, previo a su jubilación o retiro de la empresa, deberá dar aviso con 60 días de anticipación vía telefónica a nuestras oficinas, para acordar un sistema de pago alterno. En caso de omitir este proceso, no se podrá continuar con el beneficio adquirido.
Después de solicitar un servicio, ¿me sube la cuota?
No, si usted requiere de uno o más servicios no hay cambios en la cuota.
¿Qué beneficios tendría como empresa firmando con ANEMEX?
Deducción de impuestos
ventajas fiscales.
Aumento del sentido de pertenencia y fidelización del empleado con la empresa.
Incremento de la motivación y satisfacción del trabajador.
Tus empleados se sienten protegidos e inclusive hasta consentidos, hay una mayor probabilidad de que se queden en tu empresa, trabajen mucho más y retengas y atraigas talento.
Te diferencias de la competencia en el trato con el empleado.
Ofreces una mejor imagen y prestigio de la empresa.
No adquieren tanto compromiso como las subidas de sueldo.
Ante situaciones difíciles puedes prescindir de la membresía, sin embargo una subida del sueldo no podrían reducirla.
Favorecen la conciliación de la vida social y familiar de los empleados.
¿Es deducible la membresía de Anemex para mi compañía?
Las personas morales, pueden hacer deducible los servicios de funeral, mediante un plan de previsión social para los trabajadores basado en el artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
¿Qué documentación necesitan de mi compañía para firmar convenio?
Acta constitutiva de la empresa.
RFC de la empresa.
IFE representante legal.
Poder notarial.
Comprobante domicilio.
¿Cómo procedería el descuento y posterior pago?
El descuento es vía nómina y admitimos cualquier medio de pago.
¿Se puede hacer uso del servicio al siguiente día de la firma del convenio?
Si, desde el primer día una vez enviada la base de datos con la plantilla de la compañía.
En caso de dar de alta/baja a alguien nuevo de la base del grupo, ¿el cobro de primas será al final de la vigencia o bien conforme se vaya modificando la base del grupo?
En el caso de pagos mensuales, hacemos ajustes al final de cada mes. En caso de pagos anuales, haremos nota de crédito por la "prima no devengada" y recibo por las altas a prorrata.
¿Cuál es el mínimo de participantes para una póliza de grupo?
50 es el número mínimo de participantes por grupo.